Relación de Puestos de Trabajo
La Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios (RPT) , será aprobada y modificada por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector, y elaborada por el Gerente, previa negociación con los órganos de representación de dicho personal, para su aprobación por el Consejo Social.
La Relación de Puestos de Trabajo identificará y clasificará los puestos de trabajo con indicación de las unidades administrativas y orgánicas en las que éstos se integran, con la denominación de los mismos, grado de responsabilidad y dedicación, así como con las condiciones generales para el ejercicio de sus funciones.