Información ANECA sobre sexenios de investigación 2020 para PDI laboral temporal-Estado recursos de alzada

4 febrero 2021

03 de Febrero de 2021

1º) Información de la ANECA y el Ministerio de Universidades sobre la evaluación de sexenios de investigación del PDI laboral no permanente

Al final, tal y como había pedido CSIF, el Ministerio de Universidades nos ha reunido esta misma mañana para clarificar la situación de incertidumbre creada y la ANECA se ha visto obligada a proporcionar información y dar explicaciones -aunque sea por una vía «sui generis»- sobre los temas que están sembrando inquietud y confusión dentro del colectivo del PDI laboral temporal.

CSIF ha vuelto a pedir para este tema al Secretario General de Universidades poner orden, razón, claridad y sentido común en ANECA, CRUE, universidades y comunidades autónomas. El PDI laboral temporal se lo merece y no se le pueden crear ni confusiones ni falsas expectativas.

 

Con carácter previo y según la convocatoria del BOE para el personal funcionario de carrera e interino de los cuerpos docentes universitarios, os recordamos:

Presentación de solicitudes en la convocatoria de sexenios de investigación de 2020 Hasta el 8 de febrero de 2021

Resolución de las solicitudes de sexenios de investigación por el Pleno de la CNEAI Entre el 15 y el 30 de junio de 2021

Enlace al vídeo tutorial de CSIF https://youtu.be/sy3TYCq14Sc  que ya lleva más de 7.500 visualizaciones (se adjunta cartel “CSIF pide a la ANECA”)

En relación con la posible evaluación de sexenios del profesorado laboral no permanente de las universidades, ANECA informa que: 

  1. La situación de partida de cada universidad (y de cada colectivo de profesorado laboral no permanente) es distinta y obedece a una casuística diversa. Por tanto, cada universidad debe atender a sus circunstancias y, con base en ellas, decidir la posible evaluación del desempeño investigador de su profesorado laboral no permanente. El Ministerio de Universidades no tiene competencias para decidir la evaluación de los sexenios del profesorado laboral no permanente. 
  1. En cualquier caso, son las universidades (no el profesorado laboral no permanente) las que, de considerarlo oportuno, contactarán con ANECA. 
  1. La universidad que contacte con ANECA puede estar en dos situaciones. Si existe un convenio previo para la figura contractual cuyo desempeño investigador se quiera evaluar, se procederá a realizar una adenda al mismo y a la posterior firma por parte de ANECA y de la universidad. Si no existe convenio previo, se procederá a su realización y posterior firma por parte de ANECA y de la universidad. 
  1. Cada universidad llevará a cabo el procedimiento que considere más adecuado de cara a determinar qué colectivos de profesorado laboral no permanente pueden solicitar la evaluación de sexenios. 
  1. El profesorado laboral no permanente de cada universidad que pueda acogerse a la convocatoria de su entidad, enviará su solicitud a ANECA. El plazo para hacerlo será el estipulado en el convenio o en la adenda a un convenio previo. 
  1. Cada universidad enviará el listado del profesorado laboral no permanente propio que deba ser evaluado. 
  1. ANECA evaluará solo al profesorado que aparezca en el listado que las universidades hayan enviado en el plazo estipulado. No se evaluarán solicitudes individuales que no consten en estos listados o que se hayan presentado fuera de plazo. 
  1. ANECA llevará a cabo las evaluaciones. 
  1. ANECA enviará el resultado de la evaluación a cada universidad. 
  1. Cada universidad informará del resultado de la evaluación a las personas solicitantes.

2º) Estado de los procesos de revisión de los recursos de alzada de la convocatoria piloto de sexenios de transferencia (2018) y de sexenios de investigación (2019)

ANECA informa que el Subpleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora prevé resolver, en su próxima reunión del 8 de febrero, los recursos de alzada de la convocatoria piloto de sexenios de transferencia (2018) que han sido adjudicados y están pendientes de evaluación. En dicho pleno ANECA concluye la resolución de los recursos que se han presentado y que han sido notificados en plazo a la Agencia. Las incidencias que procedan de expedientes que puedan quedar por enviar a ANECA se resolverán, como muy tarde, en marzo. Hasta la fecha se han notificado 2.582 recursos de alzada, de los que se han adjudicado para revisión 2.409 derivados de resoluciones negativas. La CNEAI ha resuelto, hasta el momento, 2.151 recursos.

En la última reunión de la Comisión de Académicas y Académicos del Pleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, celebrada el 21 de diciembre de 2020, se resolvieron 438 recursos de alzada del sexenio de transferencia. Con posterioridad se llevará a cabo el trámite de remisión de estas evaluaciones a la Subdirección General de Recursos y Relaciones con los Tribunales del Ministerio de Universidades, para que valore la resolución y, posteriormente, proceda a notificarla a las personas interesadas. En el caso de los recursos de solicitudes realizadas por convenio, el resultado se comunicará a los organismos correspondientes y deben ser ellos los que den traslado a la persona recurrente. En este mes de febrero, no obstante, ANECA anticipará a las personas interesadas el resultado de los recursos estimados positivamente y se comunicará a las universidades y organismos de investigación. Durante el mes de diciembre de 2020 se recibieron otros 173 nuevos recursos de alzada que están pendientes de adjudicación. Son incidencias relativas a expedientes presentados a través de diversos registros oficiales. Está previsto que la evaluación de estos casos concluya en marzo y que se resuelvan en la reunión de marzo del subpleno de la CNEAI.

En el caso de los recursos de alzada a los sexenios de investigación de la convocatoria de 2019, ANECA ha concluido con la resolución de las 222 solicitudes presentadas, de las que 84 correspondían a la convocatoria ordinaria y 138 a la convocatoria por convenio. Estos recursos se remiten a la Subdirección General de Recursos y Relaciones con los Tribunales del Ministerio de Universidades para que valore su resolución y posteriormente proceda a notificarlo. El resultado positivo ya ha sido comunicado a las universidades y organismos de investigación, tanto en el caso de solicitudes ordinarias como de convenio. En este último caso, la comunicación a las personas interesadas es competencia de los organismos correspondientes. La comunicación por parte de ANECA se ha realizado a lo largo del mes de enero de 2021. https://www.csif.es/contenido/nacional/universidades/313437