Preguntas Frecuentes del PDI sobre Sexenios

11 diciembre 2018

11 de Diciembre de 2018

Convocados los Sexenios de Investigación y el de Transferencia https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/30/pdfs/BOE-A-2018-16379.pdf desde CSIF, con esta iniciativa en sistema FAQs, intentamos ayudar en un momento muy apropiado a informar y a responder a las numerosas preguntas que el Personal Docente e Investigador se plantea sobre el tema de los Sexenios de Investigación.

Qué es un sexenio?

Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser o no consecutivos.

¿Qué es un tramo?

Un tramo es un período investigador de seis años que pueden ser consecutivos o no. Los años han de ser naturales (comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre). Sólo las fracciones superiores a ocho meses se consideran como año natural.

¿Cuándo se solicita?

Se solicita anualmente, durante el periodo abierto por la CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora), completando un formulario online donde se presentan cinco aportaciones, elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el sexenio.

¿Cuántos tramos puedo solicitar?

Tantos como se quiera hasta un máximo de seis.

¿Quién otorga los sexenios?

Para los contratados laborales (Profesor Contratado Doctor y Profesor Contratado Doctor interino), aunque las solicitudes son evaluadas por la CNEAI, la resolución la dicta el rector de la propia universidad.

Para los funcionarios, el tramo lo otorga directamente la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), previa evaluación de la CNEAI.

¿Cuál es la documentación requerida para solicitar un sexenio?

  • Impreso de solicitud firmado.
  • CV abreviado, que son las cinco aportaciones para evaluar. Cada una de ellas irá acompañada de un resumen (extensión máxima de página y media) donde indicará los principales logros conseguidos, y los principales indicios de calidad de cada aportación.
  • Hoja de servicio.
  • Certificados o contratos que avalen la actividad investigadora en organismos que no estén reflejados en la hoja de servicios.
  • CV completo, que no es obligatorio adjuntarlo en formato normalizado, aunque sí aconsejable. Detallar especialmente la actividad desarrollada y todas las publicaciones del periodo que está sometiendo a evaluación.

No es necesario incluir ningún tipo de fotocopia o copia impresa de las aportaciones.

¿La investigación en las diferentes áreas de conocimiento se evalúa por igual?

No, los criterios específicos de calidad de la investigación cambian según el área de conocimiento. La CNEAI establece 11 campos temáticos, para cada uno de los cuales hay unos requisitos que marcan la calidad de la investigación. El solicitante decide bajo qué campo quiere que le evalúen. Para la convocatoria de 2018, los criterios para cada campo pueden encontrarse enhttps://www.boe.es/boe/dias/2018/11/26/pdfs/BOE-A-2018-16138.pdf 

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